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A partir del 3 de octubre de 2026, determinados inmuebles deberán disponer del certificado de presencia o ausencia de amianto para venderse o alquilarse.
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A partir del 3 de octubre de 2026 será obligatorio disponer del certificado de presencia o ausencia de amianto en determinados inmuebles.
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Un técnico cualificado realiza la inspección del inmueble.
Recibes tu certificado digital de presencia o ausencia de amianto con código QR.
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